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Mostrando las entradas de noviembre, 2015

EL IMPACTO DE LA XXXV ASAMBLEA NACIONAL EXTRAORDINARIA

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Cuatro fueron los acuerdos aprobados en la reciente Asamblea extraordinaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI).  Fundamentales, no sólo para la vida interna del PRI, también porque necesariamente incidirán en las otras fuerzas políticas ¿Por qué lo considero así? Un primer elemento, porque surgen en el partido que hoy gobierna el país y a la mayoría de los estados de la República. El resto de las fuerzas políticas difícilmente no podrán dejar de tomar en cuenta estos parámetros. También, porque sus alcances van más allá. Incidirán necesariamente en la normativa política-electoral que nos rige, y ello pasa por un trabajo legislativo, que tendría consecuencias en el diseño de acciones desde el Instituto Nacional Electoral.  Por ello considero a estos acuerdos fundamentales, sus alcances, moverán a diversas instituciones políticas del país, y cada cual tendrá que hacer su trabajo. 1. El Acuerdo que mandata respetar la doble dimensión de la paridad de género en los p

DERECHO A DECIDIR

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En el proceso evolutivo de nuestra sociedad, grandes ajustes estamos viviendo, cambios, que hasta hace algunos años hubiesen sido impensables. A estas alturas hemos sido testigos e incluso partícipes, de un cúmulo de análisis de expertos y no expertos, que están a favor o que están en contra, del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que aprobó conceder un amparo colectivo para el uso de la mariguana con fines lúdicos y recreativos, a cuatro personas que lo solicitaron. Acto jurídico que se convierte en un precedente histórico que representa un antes y un después por los impactos jurídicos, sociales y políticos que conlleva, así como por sus consecuencias. Aun cuando el camino a la legalización general todavía es largo, es innegable que este dictamen -como punto de partida- necesariamente provocará, no sólo ajustes obligados a las leyes secundarias para regular cómo operará esta aprobación, y será el Congreso de la Unión quien asuma esta responsabilidad. Seguramen

DESAPARICIONES

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Un delito que supone una violación múltiple a los derechos humanos, ya que los vulneran y que incluso bajo ciertas circunstancias son considerados como delitos de lesa humanidad, es la desaparición de personas.  Este delito que afecta sensiblemente a las familias de las víctimas y a las propias víctimas; desde diversas organizaciones internacionales y no gubernamentales ha merecido la atención para en principio, atender a su inclusión en el ámbito de la legislación, previa discusión y debate de sus elementos constitutivos, derivado de la necesidad de considerar los diversos contextos en que se cometen; ya que cada caso debe ser tratado de manera diferente. De ahí que en 2013 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF-9/01/2013) la Ley General de Víctimas, estableciendo con claridad que las autoridades tienen la obligación de iniciar, de inmediato y tan pronto se haga de su conocimiento, todas las diligencias a su alcance para determinar el paradero de personas desapa